sábado, 4 de febrero de 2012

Se aprobó la reforma del Estatuto

El Congreso Extraordinario de la Conmebol aprobó, este sábado 4, el estatuto que la rige, adecuándolo a la carta magna de la FIFA.
Eugenio Figueredo, Juan Ángel Napout, Nicolás Leoz, Joseph Blatter y Julio Grondona en el estrado montado para el Congreso.

Este sábado 4 de febrero se desarrolló un Congreso Extraordinario de la Confederación Sudamericana de Fútbol, con la expresa finalidad de modificar y actualizar el Estatuto que la rige, adecuándola asimismo a la carta magna de la FIFA. La máxima instancia de la CONMEBOL sesionó en el salón Copa América del hotel de la entidad, en el complejo de la Casa del Fútbol Sudamericano, en Luque, Gran Asunción, Paraguay.
Contó con la presencia de las máximas autoridades del fútbol continental, engalanadas por la participación del presidente de la FIFA, Joseph Blatter y el vicepresidente de la entidad madre, Ángel María Villar, también titular de la Federación Española.
El Dr. Nicolás Leoz presidió el Congreso y abrió las deliberaciones, dando la bienvenida a los congresistas de los diez países, y abogando por la unidad. “Cualquiera sean las decisiones que aquí se tomen, el fútbol sudamericano debe mantenerse unido, lo cual ha sido uno de sus puntos fuertes en estos últimos años”.
Luego dio paso al presidente de la Asociación Paraguaya de Fútbol, Lic. Juan Ángel Napout, quien en su carácter de miembro del país anfitrión señaló el orgullo de Paraguay de tener nuevamente en su seno a tantas personalidades relevantes.

Mensaje de Joseph Blatter
En seguida, el señor Joseph Blatter se dirigió a la colmada sala del Congreso y destacó la importancia de Sudamérica para el fútbol mundial por su carácter pionero con la creación de su Confederación. Recordó que en este continente se celebró el primer Campeonato Mundial, que ya en 1924 y 1928 Sudamérica era bicampeón olímpico a través de Uruguay y que la región tiente 9 títulos mundiales. Destacó que Brasil es actualmente campeón mundial Sub-20 y que por tercer año consecutivo Lionel Messi recibió el premio al Mejor Jugador del Mundo.
“Sudamérica ha llevado adelante hasta ahora 28 proyectos dentro del Programa Goal, e invito a que se sumen más iniciativas para así poder mejorar la infraestructura de las asociaciones”.
Blatter envió un mensaje muy elegante a todos los presentes, una exhortación casi: “En el fútbol tenemos tres elementos para controlar el juego: las bandas demarcatorias del campo; el árbitro que actúa para aplicar las reglas y un límite de tiempo, que son 90 minutos, tal vez algunos más. Fuera la cancha, no tenemos las bandas, ni el árbitro ni el límite de tiempo. Pero existe el respeto, la autoridad, el Fair Play y una pirámide institucional que debe mantenerse. Les deseo las mejores deliberaciones y que tengan un gran Congreso”.

Autoridades del Congreso
Secundó al Dr. Leoz en la conducción del plenario el secretario general Dr. José Luis Meiszner, quien cumplió así su primer acto oficial en el cargo. Participaron también los presidentes de Asociaciones Nacionales Julio Humberto Grondona (Argentina), Carlos Chávez (Bolivia), Luis Bedoya (Colombia), Sergio Jadue (Chile), Luis Chiriboga (Ecuador), Juan Ángel Napout (Paraguay), Manuel Burga (Perú), Sebastián Bauzá (Uruguay) y Rafael Esquivel (Venezuela), así como los miembros del Comité Ejecutivo de la Conmebol, señores Eugenio Figueredo (Vicepresidente), Romer Osuna (Tesorero) y los directores Francisco Acosta (Ecuador), Marco Polo del Nero (Brasil) y Alfredo Asfura (Chile).

Fueron congresistas por las diez asociaciones los siguientes directivos:
ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO - AFA
Luis Miguel Segura
Miguel Ángel Silva
FEDERACIÓN BOLIVIANA DE FÚTBOL - FBF
Carlos Chávez
Alberto Lozada
Jorge Justiniano
CONFEDERACIÓN BRASILEÑA DE FÚTBOL - CBF
José Maria Marin
Evandro Barros de Carvalho
Mauro Carmélio Santos Costa Junior
FEDERACIÓN DE FÚTBOL DE CHILE - FFCH
Nibaldo Jaque
Rodrigo Grumberg
Álvaro Romero
FEDERACIÓN COLOMBIANA DE FÚTBOL - FCF
Luis Bedoya Giraldo
Ramón Jesurún Franco
Álvaro González Alzate
FEDERACIÓN ECUATORIANA DE FÚTBOL-FEF
Alex de la Torre
Carlos Estrada
Guillermo Saltos
ASOCIACIÓN PARAGUAYA DE FÚTBOL - APF
Alejandro Domínguez Wilson Smith
Federico Acosta Martinez
Ramón González Daher
FEDERACIÓN PERUANA DE FÚTBOL - FPF
Manuel Burga
Javier Quintana
ASOCIACIÓN URUGUAYA DE FÚTBOL - AUF
Sebastián Bauzá
Aníbal De Olivera
FEDERACIÓN VENEZOLANA DE FÚTBOL - FVF
Rafael Esquivel
Luis Ignacio Sanglade
Mario Pinto

Extracto de las modificaciones estatutarias
Independencia, Expulsión y Suspensión de las Asociaciones Nacionales Miembro
Artículo 9º
1. Cada asociación nacional miembro tiene la obligación de administrar sus asuntos de forma independiente, sin la intromisión de terceros. Se considera tercero a cualquier persona o entidad, de naturaleza pública o privada, que por cualquier medio o actuación atente contra el principio de autonomía e independencia de las asociaciones afiliadas sobre las materias objeto de su competencia
2. Como expresión del principio anterior, y respecto de la relación de la CONMEBOL con sus asociaciones afiliadas, en ningún caso los estatutos, reglamentos y restantes normativas de las asociaciones nacionales miembro, así como los actos, acuerdos y decisiones que éstas adopten, estarán sujetas para su validez a la aprobación, ratificación, convalidación o revisión previa o posterior de ningún organismo o entidad pública.
3. Los órganos de gobierno y representación de una asociación nacional miembro (Presidente, Directorio o Comité Ejecutivo, Congreso o Asamblea General, etc.) se designarán exclusivamente a través de su elección interna de conformidad con lo dispuesto en los estatutos y reglamentos de la asociación nacional en cuestión. Por consiguiente, no se permite ninguna clase de injerencia de los poderes de los estados en el proceso electoral ni en la composición del cuerpo electoral (asamblea y congreso) de la asociación afiliada. No serán aplicables, por tanto, las normas estatales que incidan de cualquier manera o que directa o indirectamente regulen las elecciones a los órganos internos electos de la asociación miembro. La CONMEBOL no reconocerá los órganos que no hayan sido elegidos o nombrados de acuerdo con lo dispuesto en el presente apartado, ni las decisiones que éstos pudieran adoptar
4. El Comité Ejecutivo o, en su caso, el Presidente, podrán informar a FIFA de la intervención en un caso concreto.

Artículo 47º - Comisión Médica
1. La Comisión Médica estará integrada por un Presidente y los miembros que sean necesarios, de entre los que deberá haber médicos especialistas en medicina deportiva.
2. La Comisión Médica se ocupa de todos los aspectos médicos en relación con el fútbol, incluido cualquier asunto relacionado con el dopaje.
4. La Unidad Antidopaje se integra dentro de la estructura de la Comisión Médica, si bien constituye un órgano especializado en esta materia.
La Unidad Antidopaje estará compuesta de al menos un Director, un médico, quien podrá ocupar su dirección, además de un experto en la normativa antidopaje.
La Unidad Antidopaje se encarga de:
a) La dirección y administración de los controles de dopajeb) La gestión de los resultados de los controles de dopaje

Art. 58º - Jurisdicción y Competencia Disciplinaria
1. Se sancionará disciplinariamente el comportamiento antideportivo y las violaciones o infracciones a las Reglas de Juego y a los Estatutos, reglamentos, decisiones, órdenes e instrucciones de la CONMEBOL y de la FIFA, las cuales serán reguladas en el Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL.
2. Los órganos disciplinarios de la CONMEBOL pueden imponer las sanciones descritas en el presente Estatuto y en el Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL a las asociaciones nacionales miembro, los clubes, los oficiales, los jugadores y los agentes de jugadores y organizadores de partidos.

Art. 61º - Órganos disciplinarios
1. Se crean los Órganos Disciplinarios de la CONMEBOL, que son:
a) El Tribunal de Disciplina
b) La Cámara de Apelaciones.
2. Su composición y el proceso para la elección de sus miembros están regulados en el Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL.

Art. 63º - Tribunal de Arbitraje Deportivo
1. En materia disciplinaria se prohíbe el recurso ante los Tribunales ordinarios.
2. Las Asociaciones y todos sus miembros directa o indirectamente afiliados (oficiales, clubes, jugadores, entrenadores, árbitros, agente de jugadores y partidos, etc.) se comprometen a acatar las decisiones de los órganos disciplinarios de la CONMEBOL, que conforme al Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, sean definitivas y no estén sujetas a recurso.
3. Toda violación de los apartados anteriores se sancionará de acuerdo con el Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL.
4. Se considerarán firmes las decisiones de la Cámara de Apelaciones, siendo éstas definitivas y vinculantes para las partes. Quedan reservados los recursos de apelación ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD).
5. La CONMEBOL reconoce el derecho a interponer recurso de apelación ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD), un tribunal de arbitraje independiente con sede en Lausana, Suiza, frente a las decisiones firmes de sus Órganos Disciplinarios que no se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
8. Todo recurso contra las decisiones adoptadas en última instancia por la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL, podrá interponerse ante el TAD en un plazo de diez días tras la notificación de la decisión.
9. El recurso no tendrá efecto suspensivo de la ejecución de una sanción disciplinaria. El órgano competente de la CONMEBOL, o en su caso el TAD, puede otorgar efecto suspensivo al recurso.
10. Únicamente serán competentes para conocer de los recursos interpuestos ante el TAD de conformidad con estos Estatutos, árbitros de nacionalidad de algunos de los países de Sudamérica.

Fuente: www.conmebol.com